Seguro de Salud Obligatorio para Extranjeros en España
La normativa española establece que todo extranjero que solicite o renueve su autorización de residencia debe acreditar un seguro médico privado. Este requisito aplica tanto para ciudadanos comunitarios (UE/EEE) sin tarjeta sanitaria europea, como para nacionales de terceros países que tramitan visados de larga duración, estudios, reagrupación familiar o residencia no lucrativa.
Requisitos del Seguro para Extranjería
No cualquier póliza sanitaria sirve para presentar ante la Oficina de Extranjería. El seguro debe cumplir condiciones específicas que garanticen una cobertura completa y sin restricciones. A continuación, detallamos los requisitos esenciales que Extranjería verifica en cada solicitud:
Cobertura sin Copagos
El seguro debe garantizar asistencia médica completa sin franquicias ni copagos. Extranjería rechaza pólizas que requieran pagos adicionales por parte del asegurado en cada consulta o tratamiento.
Alcance Territorial
La póliza debe ser válida en todo el territorio nacional español. No se aceptan seguros de viaje ni pólizas internacionales que solo cubran emergencias puntuales durante desplazamientos.
Equivalente a la Sanidad Pública
La cobertura debe ser equivalente al Sistema Nacional de Salud español, incluyendo consultas médicas, hospitalización, urgencias, especialistas y pruebas diagnósticas sin limitaciones temporales.
Aseguradora Autorizada
La compañía aseguradora debe estar autorizada para operar en España. Trabajamos exclusivamente con entidades homologadas por la Dirección General de Seguros y con experiencia en trámites de Extranjería.
Importante: Certificado de Cobertura
Además de la póliza, necesitarás un certificado oficial de cobertura emitido por la aseguradora donde conste expresamente que el seguro cumple todos los requisitos exigidos por Extranjería. Nosotros gestionamos esta documentación sin coste adicional para facilitar tu trámite.